Ayudas para la Reforma de Edificios ( Galicia)

Ayudas y subvenciones de la Xunta de Galicia para la reforma de edificios en dicha comunidad. Cuantías de las subvenciones y parametros necesarios para la solicitud de la subvencion.

Oscar Cibran
Oscar Cibran
26 de June · 595 palabras.
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🕘 Resumen

El artículo presenta varias actuaciones que se pueden realizar en viviendas para mejorar la eficiencia energética, la higiene, la salud y la protección del medio ambiente. Una de ellas es la instalación de paneles solares para producir agua caliente sanitaria, contribuyendo al menos el 50% de la contribución mínima exigible para edificios nuevos. También se puede mejorar la demanda energética del edificio mediante el incremento del aislamiento térmico y la substitución de carpinterías y acristalamientos, considerando factores como la adversidad climática. Cualquier mejora en los sistemas de instalaciones térmicas que incrementen su eficiencia energética o la utilización de energías renovables también es recomendable. Además, se pueden mejorar las instalaciones de suministro y la instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua, así como la reutilización de las aguas grises y la reducción del volumen de vertido al sistema público de alcantarillado. Por último, se mencionan algunas intervenciones para garantizar la seguridad de los edificios, como la intervención sobre los elementos estructurales del edificio, la adaptación de las instalaciones eléctricas a la normativa vigente y cualquier intervención sobre los elementos afectados por la humedad. En cuanto a la mejora de la accesibilidad del oficio, se recomienda la instalación de ascensores adaptados a las necesidades de personas con discapacidad, así como dispositivos de acceso a edificios y otros elementos.
 Actuaciones para mejorar la eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente en viviendas, y la utilización de energías renovables:

• Instalación de paneles solares, con el fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria, por lo menos el 50% de la contribución mínima exigible para edificios nuevos.
• Mejora térmica del edificio para reducir su demanda energética, mediante actuaciones como el incremento del aislamiento térmico, la substitución de carpinterías y acristalamientos, siempre que se demuestre su eficacia energética, considerando factores como la adversidad climática.
• Cualquier mejora en los sistemas de instalaciones térmicas que incrementen su eficencia energética o la utilización de energías renovables.
• Mejora de las instalaciones de suministro y instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua así como la realización de redes de saneamiento en el edificio que favorezcan la reutilización de las aguas grises en el propio edificio y reduzcan el volumen de vertido al sistema publico de alcantarillado.
• Cuantas mejoras sirvan para cumplir los parámetros establecidos en los documentos básicos del código técnico de edificación DB-HE de ahorro de energía ,DB-HS Salubridad, y DB-HS protección contra el ruído.
Actuaciones para garantizar la seguridad de los edificios:
• Cualquier intervención sobre los elementos estructurales del edificio, incluida la cimentación, que este destinada a reforzar sus deficiencias.
• Instalaciones eléctricas, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.
• Cualquier intervención sobre los elementos afectados por la humedad.

Actuaciones para la mejora de accesibilidad del oficio:
• La instalación de ascensores o adaptación de los mismos a las necesidades de personas con discapacidades, o las nuevas normativas que hubiesen entrado en vigor tras su instalación.
• La instalación o mejora de ramplas de acceso a los edificios, adaptadas a las necesidades de personas con discapacidad.
• La instalación o mejora de dispositivos de acceso a los edificios adaptados a personas con discapacidad sensorial.
• La instalación de elementos de información que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.
• Obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Presupuesto protegido:
El presupuesto protegido sera el costo total de las obras a realizar sobre elementos comunes y instalación generales. Con las siguientes limitaciones:
• Máximo 90 m2 , útiles por vivienda resultante de la actuación o local afectado por ella.
• Para garajes y anexos, la superficie máxima será de 25 y 8 m2 respectivamente.
• La cuantía máxima del presupuesto protegido por m2 útil no puede superar el 70& del módulo básico estatal vigente en el momento de la calificación provisional de la actuación.
Imprescindible:
• Por lo menos el 25% del presupuesto tiene que estar dedicado a :
• Utilización de energías renovables
• Mejora de la eficencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente.
• Accesibilidad del edificio.

Beneficiarios:
• El promotor de la actuación
• Los propietarios e inquilinos autorizados
• Las comunidades de propietarios.

Cuantía de la subvención:
• Máximo 10% del presupuesto protegido
• Límite de 1.100 €/vivenda
Además podrán obtener una subvención los propietarios o ocupantes de la vivienda, promotores de la rehabilitación cuando:
• Ingresos familiares no excedan del 6,5 IPREM
• Cuantía máxima: 15% presupuesto protegido
• Límite de 1600€/vivienda con carácter general
• Límite de 2700€/vivienda cuando:
• Mayores de 65 años
• Personas con discapacidad
• Las obras se destinen a la eliminación de barreras o la adecuación de la vivienda a necesidades especificas
• Límite de 2.700 €/vivenda, cando:
o Mayores de 65 anos
o Personas con discapacidad
o Lass obras se destinen a la eliminación de barreras o adecuación de la vivenda a sus necesidades específicas.

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