Sociedades de Responsabilidad Limitada (s.r.l.)

En las SRL el capital se dividirá en cuotas de igual valor, acumulables e indivisibles, que no podrán ser representadas por títulos negociables. La responsabilidad de los socios se limitará a la integración de sus cuotas.

Cacho Lagarza
Cacho Lagarza
27 de June · 424 palabras.
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🕘 Resumen

Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) presentan limitaciones en cuanto al número máximo de socios, el cual no puede superar los cincuenta. De no cumplirse esta norma, la sociedad deberá convertirse en una Sociedad Anónima en un plazo máximo de dos años, bajo sanción de disolución. En cuanto a la administración, la ley establece que la persona o personas designadas en el contrato son las encargadas de la misma, mientras que las resoluciones generales se realizan por mayoría de capital en asamblea para las sociedades con más de veinte socios. La transferencia de las cuotas sociales presenta limitaciones importantes en cuanto a costos notariales y dificultades en la modificación del contrato social. Las SRL son más baratas que las Sociedades Anónimas pero presentan más riesgo en cuanto a la responsabilidad de los socios. Es importante tener en cuenta la norma de protección de los salarios ya que en caso de no pagarse, se podrán tomar medidas contra los patrimonios personales de los socios. Aunque la liquidez de la inversión es menor en las SRL, éstas representan un paso adelante en materia de centralización.
Sin embargo se debe tener en cuenta la norma de protección de los salarios ya que en el caso de que no se paguen se podrá ir contra los patrimonios personales de los socios.

El número de socios no puede excederse de cincuenta. Si por cualquier circunstancia llegara a tener un número superior, deberá transformarse en sociedad anónima en el plazo de dos años, bajo sanción de disolución salvo que en este plazo el número de los socios se reduzcan a cincuenta.

Administración: las SRL representan un paso adelante en materia de de centralización. La ley establece que la administración y representación corresponde a la persona o personas designadas en el contrato.
Además, en el caso de que se decidiera un sistema de administración colegiada, aplicarían las mismas normas sobre funcionamiento de los directorios de las sociedades anónimas.

En cuanto a las resoluciones generales las cuales no están a cargo de los administradores, se realizan por mayoría de capital en asamblea para las sociedades que cuentan con más de 20 socios. Cuando se trata de modificar el contrato se requiere unanimidad para todas o la mayor parte de las resoluciones según el número de socios de la sociedad.

La transferencia de las cuotas sociales también presenta limitaciones importantes. Como se requiere una cesión de cuotas hay costos notariales que pueden ser elevados. Es difícil ya que se requiere una modificación del contrato social. Cuando la sociedad tiene cinco o menos socios, se requiere unanimidad para autorizar la transferencia de una cuota a terceros, cuando tiene más de cinco socios se requiere un 75% del capital excluidas las cuotas del socio cedente.

Debido a que la transferencia de propiedades es poco ágil, más compleja y más costosa, presenta menor liquidez de la inversión.

Las SRL son más baratas que las Sociedades Anónimas pero a la vez tienen más riesgo o es menos segura en cuanto a la responsabilidad de los socios. En las SRL está claro quiénes son los socios por lo que la responsabilidad claramente puede caer sobre estos. Los únicos motivos que pueden recaer sobre los patrimonios personales de los socios son el no pago de los salarios ya que existe la norma de protección de los mismos, y el ficto que involucra todo lo que tiene que ver con impuestos.

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